¿Sabes qué es el documento de identificación de traslado de residuos (DI)?

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En la compra y venta de chatarra o materiales reciclables existen algunos documentos que es imprescindible conocer para una correcta gestión administrativa de los mismos. En este caso, hablamos del documento de identificación de traslado de residuos o DI.

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Qué es el documento de identificación para el traslado de residuos

El documento de identificación de traslado de residuos es un documento que debe acompañar al residuo durante el traslado, desde origen hasta su recepción en el destino. Este documento debe emitirse con aquellos residuos que no requieren notificación previa. Dicho documento constituye la acreditación de la entrega en las instalaciones designadas. Además, el DI recoge la obligación de su emisión para aquellos traslados tanto dentro de la comunidad autónoma, como entre distintas comunidades.

Su regulación se contempla en la nueva ley de residuos y suelos contaminados 553/2020, de 2 de junio, en su artículo 6.1.

Procedimiento del documento de identificación de residuos o DI

El documento de identificación de residuos impone la obligación de su emisión por parte del operador previa recogida de la mercancía en sus instalaciones, así como la entrega de la copia al transportista para la identificación de los residuos durante el traslado.

Una vez el residuo llega al punto de entrega, el gestor deberá entregarle al transportista copia del documento firmado mostrando la fecha de entrega de los residuos y la cantidad recibida. Tras esto el gestor de la instalación dispondrá de un plazo máximo de 30 días desde la recepción del residuo para enviar al operador el documento con la fecha de aceptación o rechazo

Tanto el transportista como los gestores que intervienen en dicho traslado deberán guardar por un plazo de 3 años copia del documento de identificación o DI firmado por el destinatario donde conste la entrega y aceptación.

Rechazo de los residuos por parte del destinatario

En caso de rechazo por parte del destinatario, se debe proceder según lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, en el que se contempla:

  • Devolver el residuo al lugar de origen acompañado del documento de identificación con la indicación de la devolución del residuo, o
  • Enviar los residuos a otra instalación de tratamiento. Este traslado deberá ir acompañado de un nuevo documento de identificación. El operador de este nuevo traslado será el operador del traslado inicial.

Podrás rellenar el formulario para el Documento de Identificación de traslado de residuos aquí.

Esperamos que este post en el que aclaramos algunos conceptos sobre el Documento de Identificación de traslado de residuos o DI te haya servido de ayuda. Descubre en ScrapAd, el marketplace de materiales reciclables, cualquier tipo de material para la compra de chatarra y venta de chatarra.

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